La medida se adoptó luego de que el Gobierno pusiera fin al estado de emergencia y quedó sin efecto el toque de queda y las restricciones a las libertades de tránsito, asociación y reuniones.

Los inspectores, que no están autorizados a cerrar los negocios, estarán vigilando el fiel cumplimiento de la disposición del Ministerio de Salud Pública de exigir la tarjeta de vacunación con dos dosis a la población mayor de 12 años. Los vacunados en octubre con una sola vacuna serán admitidos en los centros.

Las autoridades de Salud Pública desplegarán a partir de hoy 1,200 inspectores en todo el país para verificar que los ciudadanos presenten la tarjeta de vacunación contra el COVID-19 en los establecimientos de uso público y el transporte.

En casos excepcionales, Salud Pública podrá otorgar un permiso especial para las personas que por razones médicas no puedan recibir la vacuna.

 

Las sanciones

El Poder Ejecutivo informó que no cumplir con las medidas dispuestas puede dar lugar a la clausura temporal de los establecimientos, de conformidad con el artículo 149 de la Ley General de Salud 42-01.

Asimismo, la resolución 0048, precisa que el incumplimiento de las medidas mencionadas puede merecer sanciones con multas que oscilan entre uno y diez mil salarios mínimos.

También el Gobierno advierte que la falsificación de tarjeta de vacunación, pruebas PCR y permisos especiales del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social podrá ser perseguida y sancionada de conformidad con las disposiciones del Código Penal de la República Dominicana.

Los turistas

El Gobierno estableció lineamientos para el diseño de los protocolos sectoriales en toda la cadena del sector turístico, incluida la aviación, restaurantes, transporte turístico, terrestre, hoteles, cruceros y agencias de viajes. Además turoperadores, ranchos de caballos, paseos turísticos, zip line, parques temáticos acuáticos o recreativos y paintball, entre otros.

A través de la resulución DJ-0032/2021, el Ministerio de Turismo dispuso que los extranjeros que ingresen al país tendrán que cumplir el mismo protocolo sanitario que se exige al ciudadano dominicano en los centros públicos y privados. Sin embargo no se les exigirá tarjeta de vacunación para la entrada al país ni a los centros turísticos.

De acuerdo con el Mitur, la ejecución y cumplimiento de los protocolos establecidos irá de la mano de la vigilancia y monitoreo constante de la institución a través del personal de inspección que acredite dicho cumplimiento.

También entidades financieras

En cumplimiento de la circular 016-21 de la Superintendencia de Bancos, la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) informó que sus asociados requerirán, a partir de este lunes, la presentación de tarjeta de vacunación a la entrada de sucursales y oficinas bancarias. Los visitantes deberán presentar su cédula de identidad y su tarjeta de vacunación, con por lo menos dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, a excepción de las vacunas que requieran una sola dosis, explicó la ABA en un documento de prensa.

Ambos documentos pueden ser presentados en original, en copia legible física o fotografía digital. También pueden mostrarse los resultados de una prueba PCR en original, con detección negativa, con un máximo de siete (7) días de realizada por un laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud Pública o un permiso especial emitido por dicho organismo.

De acuerdo con la resolución, de manera transitoria se admitirá la entrada a los establecimientos a las personas vacunadas con una sola dosis y que estén dentro del plazo para colocarse la segunda dosis conforme lo anunciado por el ministro de Salud Pública. Se mantiene el uso obligatorio de mascarillas, y el respeto del distanciamiento físico.

A nivel general

  • Se mantendrá el uso obligatorio de mascarillas, lavado frecuente de manos y distanciamiento físico.
  • Exigirán tarjeta de vacunación y su documento de identidad para entrar a bares, restaurantes, supermercados, tiendas, gimnasios, centros deportivos, de diversión, laborales y de estudios.
  • Es obligatorio el documento de identidad y tarjeta de vacunación para utilizar cualquiera de los medios de transporte de uso público, sea urbano o interurbano
  • Mayores de 12 años que a partir del 18/10/2021 no cuenten con las dos dosis de vacuna anticovid deberán presentar una prueba PCR negativa de máximo siete días. Esta disposición dejará de ser aplicable tras los 14 días de recibir la vacuna contra el COVID-19.
  • Las actividades que tengan aglomeraciones de personas deberán contar con la autorización de Salud Pública y Asistencia Social.
  • Se podrá recibir personas solamente hasta el 75% de capacidad total de los establecimientos de uso público.
  • Prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión, de lunes a viernes a partir de la medianoche (12:00 a.m). Sábados y domingos a partir de las dos de la madrugada (2:00 a.m.).

Trabajadores públicos

  • Se mantienen el uso obligatorio de mascarillas, el lavado frecuente de manos y el respeto del distanciamiento físico para todos los servidores públicos y para todas las personas que acudan a las instituciones, así como los demás protocolos sanitarios vigentes
  • En los espacios de recepción de visitantes y atención al público, las instituciones públicas sólo podrán recibir personas hasta el 75% de su capacidad total de aforo.
  • Para poder ingresar a sus lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, y para hacer uso de medios de transporte institucionales, todos los servidores públicos deberán presentar ante Recursos Humanos de su institución una copia de su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de la vacuna contra el COVID-19
  • En caso de que no hayan recibido por lo menos dos dosis de la vacuna contra el COVID-19, los servidores públicos deberán presentar a primera hora, de manera recurrente y antes de ocupar su posición de trabajo, una copia del resultado negativo de una prueba PCR realizada el sábado o el domingo anterior por el Ministerio de Salud Pública o un laboratorio autorizado por este. Esta disposición dejará de ser aplicable 14 días después de que el servidor reciba su segunda dosis de la vacuna contra la COVID-19
  • En caso de que, por razones médicas, un servidor público no pueda recibir la vacuna contra el COVID-19, a los fines de acudir a sus lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, y para hacer uso de medios de transporte institucionales, deberá presentar un permiso especial expedido por el Ministerio de Salud Pública
  • Establece que cada institución será responsable de establecer los protocolos internos para dar cumplimiento a estas disposiciones.