Caso de cocaína ocupada en Punta Cana trae debate arraigo

Los 12 extranjeros recibieron una fianza e impedimento de salida del país

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Si un extranjero se ve envuelto en problema con la justicia dominicana y no tiene arraigo en el país como la residencia, domicilio habitual, asiento familiar, negocios o trabajo, estos elementos podrían ser tomados en cuenta como fundamentos para retenerle el llamado peligro de fuga e imponerle la prisión preventiva, explican expertos en derecho penal.

Sin embargo, esto no fue lo que sucedió a 12 extranjeros que fueron sometidos a la justicia en La Altagracia, luego de ser detenidos en una aeronave en la que se incautaron 200 paquetes de cocaína. La decisión del tribunal ha llamado a suspicacia a algunos juristas, mientras que para otros fue justo el fallo del tribunal, bajo el alegato de que la prisión debe ser la excepción y no la regla.

El jurista Carlos Balcácer entiende que este caso pone en evidencia “lo dispersa que está la dogmática de la justicia dominicana en cuanto a imponer coerción”.

“Hay que ver los casos en particular, pero generalmente a los extranjeros es imposible imponerle una medida de coerción que no sea el arresto domiciliario o la prisión preventiva, porque naturalmente, conllevan una ausencia de domicilio, por su propia condición de forasteros o detenidos accidentalmente en un cargamento de drogas”, dijo Balcácer en conversación con Diario Libre.

Asimismo, el abogado Julio Cury explica que el primer presupuesto habilitante para imponer cualquier medida de coerción, según el artículo 227.1 del Código Procesal Penal, es la suficiencia probatoria para sospechar que el imputado es probable autor o cómplice del hecho.

Por lo que entiende que “si el Ministerio Público no aportó los elementos de pruebas que vincularan a esas personas con el hecho, no debió imponérsele medida alguna, aunque en esos casos los jueces suelen imponer otras de las medidas de aseguramiento del artículo 226 del Código Procesal”, como ocurrió en La Altagracia.

Sin embargo, el abogado José Miguel Minier tiene otra visión del asunto: “En este caso uno lo ve muy grande, pero es que aquí se ha generalizado, que por todo imponen prisión preventiva, y no debe ser. La prisión debe ser para casos extremos”. Entiende que las debilidades del Estado no pueden ser excusas para enviar a prisión a una persona.

“La decisión del tribunal está apegada a la Constitución y a la ley, porque si el país no tiene los controles de migración (aéreos, marítimos y terrestres) que impidan que una persona se escape o cruce la frontera, esos son problemas del Estado, no del tribunal. Porque el tribunal no puede ser vigilante de un preso”, dijo el reconocido abogado.

Ministerio Público

El Ministerio Público no estuvo conteste con la decisión adoptada por la Oficina de Atención Permanente de La Altagracia y anunció que apelará la sentencia para lograr que estos imputados sean enviados a la prisión como solicitaron. Aseguran que estos por ser extranjeros tienen alto riesgo de peligro de fuga.

El tribunal impuso el pago de una garantía economía de un millón de pesos a cada uno de los 12 extranjeros imputados en el decomiso de 200 paquetes de cocaína, incautada en el interior de una avioneta en el aeropuerto de Punta Cana.

La medida de coerción fue impuesta por la jueza Francis Yojari Reyes Diloné, quien además ordenó presentación periódica e impedimento de salida del país a los extrajeros, mientras dure la investigación del caso.

La coerción fue para los detenidos: Sheldon Gaspard Poirier, Younane Hadare, Briscoe Kash Everett, Aldayeh Ranya, Leblond Francheska, Mckenna Liam Patrick, Di-Venanzo Robert Lee, Dubey Bal Krishna, Safdar Syed Aatif, Carello Christina, Wojcik-Harrison Brittney Lynn y Alexander Rozov.

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