Jueza no halla sustento para excluir video como prueba del caso Manuel Taveras Duncan

La presidenta del Tercer Tribunal Colegiado acogió la solicitud de reconsideración de la prueba del video planteada por el Ministerio Público

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El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, designado para conocer el juicio de fondo de la muerte del comunicador Manuel Taveras Duncan, acogió la solicitud del Ministerio Público de que se admitiera el audiovisual que contiene las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del suceso en el que la víctima perdió la vida por los dos disparos que le hizo en agosto del 2022 el vicealmirante Félix Alburquerque Comprés, expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD). 

Para motivar su decisión, el tribunal sostuvo que “los argumentos comunes de la jueza de la instrucción (la que lo rechazó y dictó apertura a juicio)” y la defensa del imputado “no tienen sustento” porque “no se advierte” que el video se haya levantado mediante el secuestro.

“La jueza de la instrucción y la defensa técnica no se sostienen; por el contrario, este tribunal estima que la prueba reúne los requerimiento básicos que, como requisito de admisión se requería para la etapa preliminar“, dictamina el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

Se recuerda que la magistrada del Segundo Juzgado de Instrucción, Patricia Padilla, quien conoció el juicio a las pruebas, excluyó el audiovisual como elemento de pruebas del Ministerio Público, al acoger un petitorio de los abogados del presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, acusado de mata a Taveras Duncan.

Padilla decidió dejar fuera el video porque no se obtuvo “por un medio lícito ni con observancia de las formas y condiciones exigidas por las disposiciones procesales que rigen la materia”, y estatuidas en los artículos 166 y 167 del Código Procesal Penal.

En ese sentido, la presidenta del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Arlín B. Ventura Jiménez, al responder a los incidentes planteados por la parte acusadora, entre ellos la reconsideración de la exclusión del audiovisual, dijo que en el juicio de fondo se determinará si este fue editado o fue obtenido respetando la norma procesal, como alega la defensa el exfuncionario y militar.

También aceptó testimonio de peritos

Para ello también admitió a los peritos de la Policía, Isaac Abraham Rosado Marte y José Hernández, cuyos testimonios serán presentados en el juicio de fondo y quienes también fueron rechazados por los abogados José Rafael Ariza Morillo, Ingrid Hidalgo Martínez e Inés Abud Collado, defensores de Alburquerque Comprés.

“Ha observado este tribunal que los testimonios de Isaac Abraham Rosado Marte y José Hernández, fueron ofertados en tiempo oportuno, con la indicación de la pretensión probatoria, la cual permite establecer que se vincula con los hechos de la acusación como lo dispone el artículo 294.5 y que, por aplicación de las disposiciones del artículo 194 del Código Procesal Penal, en su calidad de testigos, tienen la obligación de comparecer y declarar de cuanto conozcan y le sea preguntado, es en ese sentido que procede acoger tal solicitud de admisión de prueba formulada por el ministerio público”, decidió la magistrada Ventura Jiménez.

Asimismo, fijó la primera audiencia del juicio de fondo para el próximo 20 de junio.

“SE ADMITE, para hacer valer en juicio como prueba audiovisual y/o digital del ministerio público: C.1 Un disco versátil digital (DVD-R), marca Leader, de color plateado de 4.7 GB (Prueba 29 acusación); con el cual pretende probar: que este es el mismo que contiene las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del lugar donde resultó muerto la víctima Manuel Taveras Duncan como consecuencia del crimen cometido por el acusado Félix Alburquerque Comprés, así como las circunstancias en las que ocurrieron los hechos”, dice textualmente la decisión de la jueza del tribunal colegiado.

Los procuradores fiscales notificados de la decisión del Tercer Tribunal Colegiado son  Julia Laury Vásquez Díaz y Orlando Santos, procuradores fiscales del Departamento de Litigación II del Distrito Nacional, en calidad de representantes del Ministerio Público.

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