El Gobierno dominicano aprobó, mediante el Decreto 787-26, un Código de Ética para el uso de la inteligencia artificial en los servicios públicos. La disposición establece reglas de cumplimiento obligatorio para las instituciones de la Administración pública centralizada y descentralizada, con énfasis en la protección de los derechos ciudadanos, la transparencia y la supervisión de los sistemas automatizados.
La iniciativa fue elaborada a través de un proceso participativo y multisectorial coordinado por la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (Digeig). El trabajo contó además con acompañamiento técnico de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) y fue alineado con estándares de la Unesco y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), según informó la Presidencia.
Evaluación para los sistemas de alto impacto
Entre las principales obligaciones figura la realización de Evaluaciones de Impacto Ético y de Derechos (EIED) antes de poner en funcionamiento cualquier sistema de inteligencia artificial considerado de alto impacto. La categoría incluye las herramientas que puedan incidir en el acceso a derechos, beneficios sociales o potestades sancionadoras.
Estos sistemas deberán someterse a una revisión rigurosa y recibir la aprobación del órgano de supervisión correspondiente antes de entrar en producción. El código vincula ese proceso con la identificación de riesgos para los derechos de las personas y con la responsabilidad institucional en el uso de tecnologías que intervengan en decisiones administrativas.
Información y revisión humana
La normativa reconoce a la ciudadanía el derecho a conocer, de forma clara, cuándo un trámite o una decisión administrativa haya sido respaldada por inteligencia artificial. También ordena habilitar canales accesibles para pedir explicaciones comprensibles sobre el funcionamiento de esas herramientas y para solicitar una revisión humana.
- Transparencia: las instituciones deberán informar cuando una decisión o trámite haya recibido apoyo de inteligencia artificial.
- Explicación: las personas podrán solicitar información comprensible sobre la intervención del sistema.
- Revisión humana: se establecen mecanismos para activar la evaluación de una decisión por parte de una persona.
Prácticas prohibidas
El Código de Ética prohíbe el scoring o clasificación social generalizada, así como la identificación biométrica masiva en espacios públicos cuando no exista una orden judicial. También veta el perfilamiento criminal predictivo sustentado en sesgos territoriales o socioeconómicos, la automatización de sentencias penales y el uso de armas autónomas.
Con la aprobación del decreto, las entidades públicas quedan sujetas a un marco común para evaluar y utilizar sistemas de inteligencia artificial dentro de sus servicios. La regulación combina controles previos para las aplicaciones de mayor impacto con obligaciones de información y mecanismos de revisión destinados a preservar la intervención humana en las decisiones administrativas.