Este sábado conocerán medida de coerción a dueños de Vidal Plast por explosión en San Cristóbal

Los propietarios de Vidal Plast guardan prisión desde la madrugada del miércoles

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La audiencia de conocimiento de medida de coerción contra los propietarios de Vidal Plast se llevará a cabo la mañana de este sábado, según confirmó el abogado de los detenidos, quienes guardan prisión desde la madrugada del miércoles, tras ser señalados como responsables de la explosión que acabó con la vida de al menos 37 personas en San Cristóbal.

Una fuente confirmó que el juez a cargo, José Carlos Arias Nina, se inhibió del caso y fue asignado a la jueza Miolany Herasme.

Anoche, las autoridades del Ministerio Público depositaron ante el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal una medida de coerción de aproximadamente 300 páginas contra Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar y Mercedes Altagracia Vidal Sandoval.

El Ministerio Público informó que las 37 personas fallecieron “producto de golpes, heridas y quemaduras producidas por dicha explosión” y que hasta el momento solo se han identificado 15 de los fallecidos, cuyos restos han sido entregados a sus familiares.

Conforme a una nota de prensa de la Procuraduría General de la República sobre el caso, el Ministerio Público solicitó un año de prisión preventiva contra Edward Armando Vidal Garrido. Para las otras imputadas (Maribel Sandoval Almánzar, Mercedes Altagracia Vidal Sandova y quel) pidió el pago de una garantía económica por un millón de pesos mediante una compañía aseguradora, la prohibición de salir sin autorización del país y la obligación de presentarse los días 30 de cada mes ante el Ministerio Público investigador.

El órgano persecutor precisó que las 37 personas murieron “producto golpes, heridas y quemaduras producidas por dicha explosión” y que de esa cantidad solo han podido identificar 15, cuyos restos han sido entregados a sus familiares.

El órgano acusador solicitó, además, que el caso sea declarado complejo, “conforme a las disposiciones de los artículos 369 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordene que en lo adelante el presente proceso se rija conforme al procedimiento especial para asuntos complejos, y que, en consecuencia, sean extendidos los plazos procesales para la duración máxima del proceso, duración de la investigación, presentación de peticiones e interposición de recursos judiciales”.

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