Corte revoca sentencia que excluyó como querellantes a empresarios denunciaron fraude Costa Dorada

La Corte de Apelación del Distrito Nacional también dejó sin efecto la decisión que excluía a Judith Franchesca Aguasvivas Báez del proceso por supuesta falsificación societaria

0 18

La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocó la decisión que excluía como querellantes a las familias de empresarios Mayol y Serrano de la querella interpuesta en contra de los señalados por el supuesto fraude a la empresa Costa Dorada

Los demandantes señalan a Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez como autores de falsificación de documentos societarios para supuestamente arrebatarles sus derechos en la empresa Costa Dorada y con ello apoderarse de unos 6.3 millones de metros cuadrados ubicados en terrenos costeros en Bahía de Calderas, en Baní.

Mediante una nota de prensa, se informa que a través de la misma decisión, la Corte de Apelación revocó el auto de no ha lugar dictado por el Séptimo Juzgado de Instrucción en favor de la imputada Judith Franchesca Aguasvivas Báez, y pronunció el auto de apertura a juicio en su contra, por lo que deberá comparecer al Segundo Tribunal Colegiado, que es el tribunal de juicio, a defenderse de las acusaciones que les hacen el Ministerio Público y las empresas Hilary Mayol, S. A. S., Mayol & Co, S. R. L., Grand Cays Corporation, y Okra Company, L.T.D.

De acuerdo a la información, la resolución estableció que los imputados deberán defenderse de la acusación presentada por los querellantes, la cual había sido asumida por el Ministerio Público, incluida la calificación jurídica contenida en dicho escrito, así como la oferta probatoria que contiene.

Por el fraude están acusados Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez, de los cuales, los dos primeros ya habían sido enviados a juicio de fondo; el cual está pautado para el 23 de abril del 2024.

Para que se produjera este fallo las empresas querellantes Hilary Mayol, S.A.S, representada por Juan Mayol Vicioso; Mayol & CO., SRL., por Juan Francisco Mayol Cabrera; Grand Cays Corporation y Okra Company LTD, representada por Ana María Jiménez Goris, tuvieron que esperar un año y tres meses, ya que las defensas presentaron múltiples recursos, recusaciones en contra de todos los jueces de la corte, incidentes y hasta algunas de ellas se ausentaron de algunas audiencias.

“Con el fallo dado se admite de manera total la acusación particular presentada por los demandantes, así como todos los elementos de prueba que demuestran que fueron desposeídos mediante documentación falsa de sus derechos como socios de la empresa Costa Dorada“, dice la información.

La decisión consta de 164 páginas, y está firmada por los jueces Ramona Rodríguez López, Rafael Báez García y Doris Pujols Ortiz. Asimismo, por el secretario interino, Robert Infante Mejía.

Deja un comentario