Juez ordena suspensión de alcalde de La Romana Juan Adames y posicionar a su esposa

Juan Antonio Adames Bautista fue condenado a dos años de prisión

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El Juzgado de la Primera Instancia de la Cámara Civil y Comercial de La Romana ordenó la suspensión del alcalde de esa provincia, Juan Antonio Adames Bautista, quien fue condenado dos años de prisión por violación a la Ley 3143 y al artículo 411 Código Penal, que tipifica el trabajo realizado y no pagado.

A pesar de que la vicealcaldesa Hilda Miliza Núñez, quien también es esposa de Adames Bautista, había asumido las riendas del ayuntamiento, el hoy condenado no había sido suspendido formalmente del cargo como establece la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios, aspecto que causó suspicacia del señor Roque Espaillat y la entidad Rescate Democrático al punto de someter ante esta instancia un recurso de amparo en contra del Concejo de Regidores de La Romana.

La defensa del Concejo de Regidores, en su alegato de defensa, dijo que únicamente ordenaron la sustitución de Adames Bautista por la vicealcaldesa mediante la ordenanza No. 09-2023 y no la suspensión del edil porque, supuestamente, no encontraban en la ley de municipios el aval jurídico para realizarlo. Igualmente, sostuvieron que la gestión de Adames culmina en abril de 2024 y el cese de su prisión en marzo de 2025, por lo que no se podía correr el peligro de que su no suspensión del cargo electivo le daría perpetuidad.

No obstante, la jueza Karuchy Sotero Cabral acogió como buena y válida la acción de amparo y acogió parcialmente su contenido, ordenando al Concejo de Regidores dar cumplimento en un plazo de cinco días hábiles a lo estipulado en el artículo 44 de la ley 176-07 sobre la suspensión del alcalde. 

Además, impuso a cada regidor del Concejo de Regidores una astreinte ascendente a la suma de seis mil pesos (1,000) a favor de la Cruz Roja, por cada día de letardo en el cumplimiento de la sentencia. 

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