Mediante decreto, Abinader “desconcentra” de Salud Pública a la Digemaps

El órgano que se encarga del registro de medicamentos y alimentos ya no será parte del Mispas y tendrá independencia financiera y administrativa

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El presidente Luis Abinader dispuso este miércoles, por decreto, cambios en la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps) con el propósito de hacer más eficiente la entidad de manera financiera y administrativa.

A través del decreto 231-23, de fecha cinco de junio, el mandatario otorgó a la entidad la condición de órgano “desconcentrado funcionalmente” del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (Mispas), “a los fines de garantizar su fortalecimiento institucional y el desarrollo eficiente de sus atribuciones”.

El artículo 2 de la norma presidencial modifica el artículo 1 del decreto 82-15, mediante el cual se creó la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps), “bajo la dependencia de Salud Pública” para que en lo adelante disponga lo siguiente:

Artículo 1 se crea la Digemaps como órgano con desconcentración funcional, administrativa y financiera del Mispas, “con el objetivo de mejorar la prestación de los servicios de su competencia”.

En su artículo 3, el decreto instruye a los ministerios de Salud Pública, Hacienda y Administración Pública, así como a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Competitividad para que, en el marco del Plan General de Reforma y Modernización de Administración Pública, presten todo el apoyo necesario a fin de asegurar el fortalecimiento institucional de Digemaps, “en su condición de órgano desconcentrado”.

De igual modo, establece que el proceso de desconcentración de la entidad “iniciará de manera inmediata y concluirá cuando todas las condiciones legales para ello hayan sido cumplidas”, “lo cual no podrá exceder de seis meses a partir de la fecha del presente decreto“.

Papel de la Digemaps

La Digemaps, creada mediante el decreto 82-15, tiene como objetivo regular, controlar, fiscalizar, y vigilar los medicamentos, productos sanitarios, alimentos, bebidas, cosméticos, productos de higiene personal, del hogar y para procesos industriales, tecnologías y materiales de uso humano, que se consumen o utilizan en la prestación de los servicios de salud y en la alimentación, así como también del control de los establecimientos, actividades y procesos que se derivan de la materia.

Financiamiento

En su artículo 4, el decreto establece la creación de una unidad ejecutora presupuestaria de parte de los ministerios de Hacienda y de Administración Pública para que, en el marco de las regulaciones vigentes procedan a realizar las coordinaciones pertinentes para que la Digemaps “pase a ser una unidad ejecutora presupuestaria, de manera que administre los recursos provenientes del presupuesto ordinario, así como los generados a través de la provisión de servicios.

Esos recursos deberán ser depositados en la cuenta destinada para ello en la Tesorería Nacional.

Estos fondos deberán destinarse a: mejora en la profesionalización y las condiciones laborales del personal; mejoras en la prestación de servicios, en la plataforma técnica de apoyo a la prestación de servicios; mejoras en la infraestructura y la capacidad logística del órgano, así como el desarrollo institucional.

Los recursos generados por la Digemaps no podrán ser utilizados para ninguna actividad prohibida por la ley ni en beneficio de otros entes, órganos o particulares.

Otro decreto para Leandro José Villanueva

En otro decreto (232-23), el jefe de Estado dispuso la designación de Leandro José Villanueva Acebal como director general de la entidad, cargo que desde hace años desempeña.

De igual modo, fue removido como viceministro del Ministerio de Salud Pública.

“Queda derogado el artículo 1 del decreto 273-2 del 27 de mayo de 20200″, reza el artículo 2.

En el cargo que ostentaba en el Mispas fue nombrado en el decreto 273-22.

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